La Resolución de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) establece el precio máximo de reserva para la subasta anual del servicio de respuesta activa de la demanda (SRAD) correspondiente a 2025. Este servicio, regulado por la Circular 3/2019 y el Reglamento (UE) 2017/2195, tiene como objetivo garantizar el equilibrio del sistema eléctrico mediante mecanismos competitivos.
El precio máximo busca proteger a los consumidores frente a incrementos desproporcionados de costes, derivados de una baja competencia o incertidumbres operativas. Para ello, se fijará un presupuesto global y un precio máximo unitario confidencial, reduciendo los riesgos de comportamientos estratégicos que puedan distorsionar las subastas.
La CNMC considera esta medida esencial para salvaguardar a los consumidores y limitar el impacto económico del SRAD en el coste final de la energía. La metodología aplicada, basada en experiencias previas, incluye un presupuesto total y un precio máximo por megavatio (€/MW) por hora de asignación. Esta aproximación asegura que las asignaciones se realicen a precios competitivos y razonables.
Con esta resolución, se aprueba el precio de reserva para la subasta del SRAD 2025, reafirmando el compromiso de la CNMC con la eficiencia y transparencia en el mercado eléctrico.