Esta resolución aprueba el precio medio de la energía para el cuarto trimestre de 2024, fijándolo en 75,23 euros/MWh. El cálculo de este precio se realizará ponderando en un 50% los precios medios diarios del último trimestre (del 1 de julio al 30 de septiembre de 2024) y el precio medio ponderado de la energía negociada en OMIP.
La Orden ITC/2370/2007 regula el servicio de gestión de demanda de interrumpibilidad para los consumidores en sistemas eléctricos de territorios no peninsulares, conforme a la disposición transitoria de la Orden IET/2013. En su artículo 6, se establece la metodología para calcular la retribución anual del servicio, que se basa en la facturación anual equivalente de la energía, incluyendo el «Peh», que representa el precio medio de la energía en euros por MWh. Este precio es publicado trimestralmente por la Dirección General de Política Energética y Minas, y se determina a partir de los precios del mercado diario y del mercado a plazo de OMIP.
Asimismo, la resolución permite interponer un recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en un plazo de un mes, de acuerdo con la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.