Este Reglamento completa la Directiva 2003/87/CE, integrando las disposiciones adoptadas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) sobre el seguimiento, notificación y verificación de las emisiones de aviación en el contexto del mecanismo global de mercado CORSIA. Y sustituye y deroga al Reglamento Delegado (UE) 2019/1603, que había establecido normas provisionales para el MRV (seguimiento, notificación y verificación) conforme a los requisitos del CORSIA.
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- Homologación normativa del MRV del CORSIA. Uniformiza los requisitos del seguimiento, notificación y verificación con el RCDE‑UE, adaptando las últimas disposiciones de la Directiva 2003/87/CE y eliminando las normas provisionales del Reglamento 2019/1603.
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- Inclusión de combustibles admisibles y cancelación de unidades. Establece nuevas reglas sobre la contabilización del uso de combustibles de aviación admisibles (SAF) y cómo deben gestionarse las unidades de emisión que se cancelan para compensar bajo el CORSIA.
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- Minimización de costes administrativos. Adapta los mecanismos de seguimiento del RCDE‑UE (Reglamentos de Ejecución 2018/2066 y 2018/2067) a efectos de eficiencia, reduciendo la carga administrativa para operadores y autoridades.