El 16 de octubre se ha publicado en el BOE el Real Decreto, aprobado por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, que actualiza la regulación de la producción de energía eléctrica procedente de fuentes renovables, cogeneración y residuos (RECORE). La norma busca adaptar el marco regulatorio a las nuevas condiciones del mercado eléctrico y reforzar la seguridad del suministro. Entre sus objetivos están garantizar la rentabilidad de las instalaciones en un contexto de precios bajos o nulos y mejorar la gestión del sistema eléctrico mediante mayor control y visibilidad de las operaciones.
El decreto establece que no se reducirá la rentabilidad de las instalaciones por la energía vendida en periodos con precios nulos durante seis horas consecutivas o más, ni por la energía no vendida por restricciones técnicas. Además, amplía las obligaciones de conexión a centros de control y el envío de telemedidas en tiempo real, tanto para instalaciones generadoras como para almacenamientos y demandas conectadas a la red de transporte. También se redefine el orden de prioridad en la evacuación de electricidad, eliminando el concepto de “generación no gestionable” y dando preferencia a instalaciones renovables con almacenamiento, así como a la cogeneración de alta eficiencia. Con ello, se pretende impulsar la integración de tecnologías flexibles y el almacenamiento energético, al tiempo que se refuerza la seguridad y calidad del suministro eléctrico. Esta medida busca favorecer la adaptación del sistema a un mix energético más sostenible y descentralizado.
A su vez, introduce nuevas exigencias ambientales y de sostenibilidad. Para que las plantas de incineración puedan percibir la retribución regulada, deberán certificar la recogida separada de residuos, en línea con la Ley 7/2022 y la normativa europea. Se fija un límite de emisiones de 270 g de CO₂ por kWh para nuevas instalaciones de cogeneración o renovaciones sustanciales, y se otorga flexibilidad a estas plantas para decidir trimestralmente entre vender su energía o destinarla al autoconsumo. Asimismo, se aclaran los procedimientos ante casos de fuerza mayor (como catástrofes naturales) y se ajustan aspectos técnicos en la gestión de las liquidaciones del sistema eléctrico.
El Real Decreto entró en vigor el 17 de octubre de 2025.