La UE da luz verde ‘in extremis’ a la Ley de Restauración de la Naturaleza

Tras meses de bloqueo, este lunes 17 de junio, el Consejo de la UE adoptó formalmente el Reglamento sobre Restauración de la Naturaleza, el primero de este tipo. Esta ley tiene por objeto poner en marcha medidas para restaurar al menos el 20% de las superficies terrestres y marinas de la UE de aquí a 2030, y todos los ecosistemas que necesiten restauración de aquí a 2050. Una tramitación no exenta de sorpresas hasta el último instante, ya que, en la víspera de la votación de este lunes, Viena (Leonore Gewessler) pasó al bando del «sí» y eso permitió que el Consejo de la UE alcanzase por la mínima la mayoría cualificada necesaria: un 66,07% de la población de la UE, justo por encima del 65% requerido.

El reglamento, que había sido ya negociado y pactado entre los propios Estados, y también con el Parlamento Europeo, que lo aprobó el pasado mes de febrero en una sesión plenaria; se había convertido en una “película de terror” tal y como ha calificado la vicepresidenta tercera Teresa Ribera, a dicha tramitación de ley. En ese momento, la tramitación no salió adelante por el cambio al “no” de Hungría, además de las protestas de los agricultores que llevaron a la derecha y a varios países a plantear una ralentización en las políticas medioambientales. Dos meses después de lo que estaba previsto, la Ley de Restauración de la Naturaleza ha salido adelante en el Consejo de la UE después de que Bélgica, a quien correspondía organizar la actividad legislativa como presidencia rotatoria, lo introdujera en el orden del día.

Finalmente, el reglamento se adoptó con los votos a favor de Bulgaria, República Checa, Dinamarca, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia Croacia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Austria, Portugal, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, el voto en contra de Italia, Hungría, Países Bajos, Polonia, Finlandia y Suecia y la abstención de Bélgica.

El Reglamento establece objetivos y obligaciones específicos y jurídicamente vinculantes para la restauración de la naturaleza en cada uno de los ecosistemas enumerados, desde los terrestres hasta los marinos, los ecosistemas de agua dulce y los ecosistemas urbanos. Además, tiene como objetivo mitigar el cambio climático y los efectos de los desastres naturales, y ayudará a la UE a cumplir sus compromisos internacionales en materia de medio ambiente y a restaurar la naturaleza europea.

En el acto, Alain Maron, ministro de Transición Climática, Medio Ambiente, Energía y Democracia Participativa del Gobierno de la Región de Bruselas, señalaba que: “Hoy, el Consejo de la UE está optando por restaurar la naturaleza en Europa, protegiendo así su biodiversidad y el entorno de vida de los ciudadanos europeos. Es nuestro deber responder a la urgencia del colapso de la biodiversidad en Europa, pero también permitir que la Unión Europea cumpla sus compromisos internacionales. La delegación europea podrá acudir a la próxima COP con la cabeza bien alta”.

Implicaciones más significativas:

Restauración de ecosistemas terrestres y marinos
Las nuevas normas contribuirán a restaurar los ecosistemas degradados en los hábitats terrestres y marinos de los Estados miembros, a alcanzar los objetivos generales de la UE en materia de mitigación y adaptación al cambio climático y a mejorar la seguridad alimentaria.

El Reglamento exige a los Estados miembros que establezcan y apliquen medidas para restablecer conjuntamente, como objetivo de la UE, al menos el 20 % de las superficies terrestres y marítimas de la UE de aquí a 2030.

El Reglamento abarca una serie de ecosistemas terrestres, costeros y de agua dulce, forestales, agrícolas y urbanos, incluidos humedales, pastizales, bosques, ríos y lagos, así como ecosistemas marinos, como las praderas marinas y los lechos de esponjas y corales.

En los hábitats considerados en mal estado, enumerados en el Reglamento, los Estados miembros adoptarán medidas para restaurar:

  • al menos un 30% para 2030
  • al menos el 60% para 2040
  • al menos el 90% para 2050

 

Esfuerzos para no deteriorar
Los Estados miembros se esforzarán por evitar un deterioro significativo de las zonas que han alcanzado un buen estado gracias a la restauración, y que albergan los hábitats terrestres y marinos enumerados en el Reglamento.

Protección de los polinizadores
En las últimas décadas, la abundancia y diversidad de insectos polinizadores silvestres en Europa han disminuido drásticamente. Para hacer frente a esta situación, el Reglamento introduce requisitos específicos para las medidas destinadas a revertir el declive de las poblaciones de polinizadores a más tardar en 2030.

Medidas específicas para cada ecosistema
El Reglamento establece requisitos específicos para diferentes tipos de ecosistemas, incluidas las tierras agrícolas, los bosques y los ecosistemas urbanos.
Los Estados miembros adoptarán medidas destinadas a mejorar dos de estos tres indicadores: la población de mariposas de pastizal, las reservas de carbono orgánico en los suelos minerales de las tierras de cultivo y la proporción de tierras agrícolas con características paisajísticas de gran diversidad. El aumento de la población de aves forestales y la garantía de que no haya una pérdida neta de los espacios verdes urbanos y de la cubierta arbórea hasta finales de 2030 también son medidas clave de esta nueva ley.
Los Estados miembros pondrán en marcha medidas destinadas a restaurar las turberas drenadas y ayudar a plantar al menos tres mil millones de árboles adicionales de aquí a 2030 a escala de la UE. Con el fin de convertir al menos 25.000 km de ríos en ríos de flujo libre de aquí a 2030, los Estados miembros adoptarán medidas para eliminar las barreras artificiales a la conectividad de las aguas superficiales.

Planes nacionales de restauración
Con arreglo a las nuevas normas, los Estados miembros deben planificar con antelación y presentar planes nacionales de restauración a la Comisión, que muestren cómo cumplirán los objetivos. También deben supervisar e informar sobre sus progresos, sobre la base de indicadores de biodiversidad a escala de la UE.

 

El Reglamento se publicará ahora en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor, siendo directamente aplicable en todos los Estados miembros. De aquí a 2033, la Comisión revisará la aplicación del Reglamento y sus repercusiones en los sectores agrícola, pesquero y forestal, así como sus efectos socioeconómicos más amplios.

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