La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado las resoluciones que determinan los operadores principales y dominantes en el sector energético en España, según los datos de 2023. Estas resoluciones, aprobadas anualmente conforme al Real Decreto-Ley 6/2000, establecen las limitaciones y obligaciones aplicables a dichos operadores.
- Operadores Principales
Se consideran operadores principales a aquellas empresas que ostentan una de las cinco mayores cuotas de mercado en un sector específico. Estas compañías están sujetas a restricciones para evitar conflictos de interés y concentración de poder, incluyendo la necesidad de autorización previa por parte de la CNMC para ejercer derechos de voto o designar miembros del órgano de administración en más de un operador del mismo mercado.
Lista de operadores principales por sector:
- Eléctrico: Endesa, Iberdrola, Naturgy, EDP Energías de Portugal, Acciona.
- Gas natural: Naturgy, Endesa, Repsol, Iberdrola, Axpo Iberia.
- Carburantes: Repsol, Cepsa, BP España, Petronieves, Gunvor Group.
- Gases licuados del petróleo (GLP): Repsol, Cepsa, BP España, Disa, Naturgy.
- Operadores Dominantes
Se consideran dominantes las empresas con una cuota de mercado superior al 10%. Estas deben cumplir obligaciones específicas en materia de regulación, participación en mercados y representación de instalaciones de producción.
Lista de operadores dominantes por sector:
- Eléctrico:
- Actividad total: Endesa, Iberdrola, EDP.
- Generación: Iberdrola, Endesa, Naturgy.
- Suministro: Endesa, Iberdrola, EDP.
- Gas natural: Naturgy, Endesa, Repsol.
- Carburantes: Repsol, Cepsa.
- GLP: Repsol, Cepsa.
Detalles normativos y restricciones:
Limitaciones: según el artículo 34 del RD-Ley 6/2000, las participaciones cruzadas en operadores principales y dominantes están sujetas a restricciones, especialmente en lo referente al ejercicio de derechos de voto y administración.
- Obligaciones: los operadores deben garantizar su participación regulada en los mecanismos del mercado, especialmente en la asignación de energía inframarginal y en la representación en el mercado eléctrico.
Estas resoluciones, basadas en el artículo 7.21 de la Ley 3/2013, buscan garantizar la competencia y evitar concentraciones indebidas en el sector energético.