La corrección de errores de la Directiva (UE) 2023/2413, que modifica la Directiva (UE) 2018/2001, el Reglamento (UE) 2018/1999 y la Directiva 98/70/CE en cuanto a la promoción de la energía procedente de fuentes renovables, incluye una serie de ajustes terminológicos y textuales. Las correcciones principales son:
- Terminología: se modifica el término «respuesta a la demanda» por «respuesta de demanda», y «zona de aceleración renovable» por «zona de aceleración de energías renovables» en toda la Directiva.
- Correcciones específicas en considerandos y artículos: en el considerando 51, se ajusta la redacción para mejorar la claridad de la frase sobre la respuesta de demanda. También se corrige la referencia a la definición de «batería para vehículos eléctricos», que ahora se refiere al Reglamento (UE) 2023/1542.
- Artículos modificados:
- Se corrige la redacción en el artículo 1, punto 6, sobre los proyectos de infraestructura de red relacionados con energías renovables y su evaluación de impacto ambiental.
- En el artículo 1, punto 11, se ajustan las medidas sobre la entrega de datos de vehículos eléctricos, especificando las condiciones en las que los Estados miembros deben exigir a los fabricantes compartir datos sobre el estado de la batería y otros parámetros de forma gratuita y conforme a las normas de protección de datos.
- En el artículo 1, punto 12, se modifica el texto sobre el calor y frío residuales que los Estados miembros pueden contabilizar para alcanzar los objetivos de energía renovable, con un límite de 0,4 puntos porcentuales.
- En el artículo 1, punto 13, se ajusta la redacción sobre la evaluación de tecnologías disponibles y económicamente viables para la calefacción y refrigeración con energías renovables.
- Anexo I, punto 8: se modifica la introducción en la parte B del anexo IX sobre las materias primas para la producción de biocarburantes y biogás para el transporte, destacando su limitada contribución a los objetivos establecidos en la Directiva.
Estas correcciones entran en vigor tras su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y se aplicarán a partir de enero de 2025.