La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado la aplicación de los saldos de las mermas correspondientes al año de gas 2023, que abarca desde octubre de 2022 hasta septiembre de 2023. Esta aprobación se basa en el procedimiento establecido en la Circular 7/2021, que regula la valoración y liquidación de las mermas en el sistema gasista. La valoración se realiza a partir de los informes enviados por el gestor técnico del sistema, con el objetivo de asegurar la correcta medición y liquidación de las mermas de gas.
En las plantas de regasificación, se han calculado las mermas reales y se ha determinado que las mermas retenidas son nulas, conforme al coeficiente del 0,00% que se aplica a las cantidades de gas natural licuado descargadas. Además, se han identificado las mermas asociadas a operaciones específicas como el transvase de GNL entre buques, que se imputan íntegramente a los usuarios, según lo estipulado en la normativa.
En cuanto a las redes de transporte, se han calculado las mermas reales basadas en las entradas de gas a la red. El coeficiente de mermas retenidas aplicado es del 0,20% para las entradas de gas provenientes de conexiones internacionales, plantas de regasificación y yacimientos, y del 0,00% para las entradas de gas renovable. El reparto de las mermas retenidas entre los distintos titulares de la red se realiza conforme a la fórmula establecida por la normativa vigente.
Respecto a las redes de distribución, las mermas retenidas se calculan en función de la presión de las redes. Para las redes de baja presión, el coeficiente es del 1,50%, mientras que para las redes de alta presión es del 0,38%, y en redes de presión superior a 16 bar, el coeficiente es del 0,00. En caso de que el saldo de mermas de un titular de red sea negativo, la normativa establece que este saldo se reparte entre los usuarios de manera proporcional a su consumo, ajustando las cantidades correspondientes.
La valoración económica de los saldos de mermas se realiza a un precio de 48,48 €/MWh, calculado con base en el precio medio ponderado del gas natural durante el año de gas 2023. Las diferencias económicas se liquidarán en la primera oportunidad disponible. La resolución será publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Los interesados podrán remitir observaciones hasta el jueves, 5 de diciembre a través de la sede electrónica de la CNMC.