El nuevo Reglamento técnico tiene como objetivo actualizar las condiciones técnicas y garantías que deben reunir las infraestructuras e instalaciones de distribución, transporte y utilización de combustibles gaseosos y aparatos de gas, de acuerdo con la experiencia acumulada con la aplicación del Reglamento actual y la necesidad de incluir nuevos combustibles gaseosos. El nuevo Reglamento sustituirá al Reglamento vigente actualmente, aprobado en 2006 mediante el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11. El Proyecto de Real Decreto puede consultarse a través del siguiente enlace.
El proyecto amplía su ámbito de aplicación a infraestructuras cuya normativa ha quedado obsoleta, como las plantas de almacenamiento, trasvase y llenado de gases licuados del petróleo, así como las instalaciones de gas canalizado con presión de diseño superior a 16 bar. Esto permitirá unificar la normativa de seguridad bajo un mismo marco regulador, evitando la dispersión de normas y garantizando un control más eficiente.
El real decreto actualizará otras normativas nacionales, como el Real Decreto 639/2016 sobre combustibles alternativos, el Real Decreto 552/2019 sobre seguridad en instalaciones frigoríficas, el Real Decreto 809/2021 sobre equipos a presión y el Real Decreto 337/2014 sobre instalaciones eléctricas de alta tensión. Asimismo, deroga diversas disposiciones anteriores que quedaban en contradicción con la nueva normativa.
El plazo para presentar alegaciones a este proyecto estará abierto desde el 1 de abril de 2025 hasta el 16 de mayo de 2025. Las alegaciones deberán presentarse en el modelo de documento facilitado por el Ministerio de Industria y Turismo y remitirse a la dirección de correo participacion_csegind@mintur, indicando en el asunto «Audiencia RD Combustibles Gaseosos 2025».