Circular 1/2025, de 28 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifica la Circular 3/2020, de 15 de enero, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Circular 1/2025, de 28 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que introduce modificaciones a la Circular 3/2020 que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad. Esta actualización responde a la necesidad de ajustar la normativa a los cambios en el mercado eléctrico, garantizar la estabilidad en la fijación de los peajes y mejorar la seguridad jurídica de los agentes del sector.

El marco regulatorio vigente atribuye a la CNMC la competencia para determinar la estructura y metodología de los peajes de acceso a las redes eléctricas, conforme a la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico. En cumplimiento de esta función, la Circular 3/2020 fue publicada en enero de 2020 y ha sido objeto de modificaciones debido a factores como el impacto de sentencias judiciales, la actualización de la retribución del transporte y la distribución, y la necesidad de adaptar la normativa a nuevas exigencias del sector.

Entre los principales cambios introducidos por la Circular 1/2025, se establece un mecanismo de laminación de desvíos para evitar variaciones bruscas en los peajes, proporcionando estabilidad a los precios pagados por los consumidores. Además, se incorporan en la normativa diversas aclaraciones realizadas previamente por la CNMC, con el fin de reforzar la seguridad jurídica de los operadores.

Otro aspecto relevante es la ampliación del ámbito de aplicación de los peajes a los puntos de recarga de vehículos eléctricos de acceso público con tensiones inferiores a 72,5 kV. Esta medida busca facilitar el despliegue de infraestructura en zonas donde solo existen redes de 30 kV. Asimismo, se establecen disposiciones para estimular el desarrollo de suministro eléctrico a buques operativos (OPS), en línea con los objetivos europeos de descarbonización y el cumplimiento del Reglamento (UE) 2023/1804 sobre infraestructuras de combustibles alternativos.

Por otro lado, se habilita la actualización de los coeficientes de pérdidas en el sistema eléctrico para reflejar la evolución registrada en los últimos años. También se introducen cambios en la facturación de la potencia contratada y demandada, optimizando los criterios de facturación para mejorar la eficiencia económica del sistema.

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