El Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico ha iniciado el trámite de consulta pública previa sobre la transposición de la Directiva (UE) 2024/1788 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a normas comunes para los mercados interiores del gas natural y los gases renovables y del hidrógeno y la actualización de la normativa sectorial relativa a los hidrocarburos líquidos y gaseosos.
El objeto de la Directiva es el de facilitar la penetración de los gases renovables en el sistema energético, abandonando de manera progresiva el gas fósil, para contribuir al logro del objetivo climático para 2030 (“Fit for 55”) y a la neutralidad climática para 2050 de la Unión Europea. De esta forma, se busca establecer un marco regulatorio incentivador que facilite a todos los participantes en el mercado el abandono del gas fósil de forma gradual y planificada, reutilizando en lo posible las instalaciones existentes para minimizar el coste y evitando efectos de bloqueo, en particular, en los usos industriales y de calefacción.
En concreto, la Directiva dispone las reglas generales del mercado que aplican al suministro, transporte y almacenamiento de gas natural, gases descarbonizados e hidrógeno delimitando las regulaciones nacionales en cuestiones de relevancia como la separación vertical y horizontal de los titulares de las redes, la planificación y las condiciones del acceso de terceros a estas infraestructuras, la protección a los consumidores, entre otras.
Adicionalmente y en relación con lo anterior, se da la circunstancia de que el contexto actual del sector de los hidrocarburos es muy diferente a aquel en el que la vigente Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos fue aprobada, requiriéndose la actualización de numerosas cuestiones y especialmente aquellas relacionadas con la aparición de los nuevos combustibles, los gases renovables y el refuerzo de la protección de los consumidores. En ese sentido, la aparición del paquete de mercados de hidrógeno y gases descarbonizados sugiere la revisión de la normativa aplicable al sector, entre otras:
- Ley 34/1998, de 7 de octubre, de 1998, del sector de hidrocarburos.
- Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.
- Real Decreto 1716/2004, de 23 de julio, por el que se regula la obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad, la diversificación de abastecimiento de gas natural y la corporación de reservas estratégicas de productos petrolíferos.
- Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector de gas natural.
- Real Decreto 2487/1994, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto regulador de las actividades de distribución al por mayor y de distribución al por menor mediante suministros directos a instalaciones fijas, de carburantes y combustibles petrolíferos.
- Real Decreto 61/2006, de 31 de enero, por el que se determinan las especificaciones de gasolinas, gasóleos, fuelóleos y gases licuados del petróleo y se regula el uso de determinados biocarburantes.
Se han habilitado 3 formularios online para responder a diversas preguntas que plantean sobre los contenidos a transponer. El primero consta de 22 preguntas, el segundo de 9 preguntas y el último consta de 30 preguntas.
Desde BIOCIRC aportaremos nuestro feedback a esta consulta pública. Para tal fin, os solicitamos mediante este email que nos enviéis vuestras contribuciones a la dirección de correo regulacion@biocirc.es, con el objetivo de trabajar y consensuar las aportaciones antes de remitírselas al Ministerio.
En todo caso, si fuera necesario, podemos convocar una reunión monográfica sobre esta consulta pública. Sería después del 20 sept., una vez hayamos remitido al Ministerio las alegaciones a la consulta pública para la trasposición parcial de las modificaciones introducidas por la Directiva (UE) 2023/2413, relativa al fomento de energía procedente de fuentes renovables. Pues tendríamos margen suficiente para hacerlo ya que el plazo para remitir las alegaciones finaliza el miércoles, 16 de octubre de 2024.
Encontraréis toda la información al respecto en el siguiente link: Consulta pública previa sobre la transposición de la Directiva (UE) 2024/1788 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a normas comunes para los mercados interiores del gas natural y los gases renovables y del hidrógeno y la actualización de la normativa sectorial relativa a los hidrocarburos líquidos y gaseosos (miteco.gob.es).