El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha iniciado la consulta pública relativa al Real Decreto por el que se modifican el Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, por el que se establecen las normas aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano, y el Real Decreto 476/2014, de 13 de junio, por el que se regula el registro nacional de movimientos de subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano.
Mediante este Real Decreto se modifica el artículo 20 del Real Decreto 1528/2012, de 8 de noviembre, estableciendo que «Los explotadores que realicen el transporte de subproductos animales o productos derivados deberán estar registrados por la autoridad competente de la comunidad autónoma o ciudades de Ceuta o Melilla en la que tengan su razón social. Los transportistas que trabajen en exclusividad con los explotadores, establecimientos o plantas autorizadas o registradas para realizar otras actividades con subproductos o productos derivados no necesitarán un número de registro adicional como transportista, sino que se considerará la actividad de transporte como otra actividad más». Asimismo, se sustituye el anexo I por un nuevo anexo I que determina contenido del registro general de establecimiento, plantas y explotadores, así como un nuevo anexo II que determina el contenido mínimo del documento comercial para movimientos nacionales de SANDACH.
También se modifican los artículos 3,4,5 y 6 del Real Decreto 476/2014, de 13 de junio, así como el anexo I donde se establecen los datos básicos del movimiento a incluir en el Registro Nacional de movimientos de SANDACH.
Plazo de remisión
El plazo para la remisión de comentarios y observaciones finaliza el 4 de octubre.
Forma de presentación
Las observaciones que se realicen deberán dirigirse a la dirección de correo electrónico sganimal@mapa.es.