El pleno del Congreso de los Diputados aprueba la Ley de Seguridad y Navegación Aérea

El 23 de septiembre se aprobó en el pleno del Congreso de los Diputados la Ley de Seguridad y Navegación Aérea, una actualización de las normas que rigen el sector aéreo. Se trata del último trámite parlamentario antes de la publicación del texto legislativo en el Boletín Oficial del Estado. La Ley persigue modernizar el marco normativo, adecuarlo a la normativa europea y reforzar la seguridad jurídica en ámbitos como la planificación aeroportuaria, las servidumbres aeronáuticas, el régimen de habilitaciones y sanciones, y la regulación de aeronaves no tripuladas.

Entre otras muchas cuestiones de diversa índole, en su articulado incluye el Plan Nacional de descarbonización del transporte aéreo. Se obligará al Consejo de Ministros a la aprobación del Plan nacional de Descarbonización del Sector Aéreo, a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, que junto al de Transición Ecológica elaborará, implementará, seguirá y actualizará “los mecanismos necesarios para su gobernanza y para su financiación”. En este Plan también se “definirán los criterios e indicadores a tener en cuenta para realizar su seguimiento y analizar su evolución”.

Por otro lado, el 24 de septiembre se ha hecho público el texto que recoge las enmiendas realizadas por el Senado al Proyecto de Ley que modifica la Ley 48/1960, de Navegación Aérea, y la Ley 21/2003, de Seguridad Aérea. El documento refleja la incorporación de obligaciones vinculadas al reglamento europeo ReFuelEU Aviation, que impone sanciones tanto a operadores de aeronaves como a entidades gestoras de aeropuertos. Se consideran infracciones graves los incumplimientos en el repostaje de combustible de aviación exigido, la falta de información o el suministro defectuoso de datos relacionados con los combustibles sostenibles de aviación (SAF). Al articulado se han incorporado multas de hasta el 100 % del precio del combustible para las aerolíneas que incumplan los mínimos establecidos de biocombustible o de cualquier otro tipo de combustible considerado como sostenible. Asimismo, las entidades gestoras deben garantizar el acceso adecuado a dichos combustibles y colaborar con la autoridad aeronáutica.

Se prevé un nuevo incentivo fiscal para fomentar la descarbonización del sector aéreo. Se establece la deducción en el impuesto de sociedades para inversiones en investigación, innovación y desarrollo de soluciones tecnológicas orientadas a la transición ecológica, incluyendo de forma expresa los proyectos de producción de combustibles sostenibles de aviación (SAF). El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible deberá impulsar una ley específica para desarrollar este marco en un plazo de seis meses.

En el ámbito medioambiental y de planificación, se crean comisiones únicas para gestionar los asuntos ambientales en aeropuertos de interés general. También se refuerzan los planes directores de aeropuertos y de navegación aérea, incluyendo aspectos como las servidumbres acústicas y los espacios destinados a energías renovables para autoconsumo en los aeródromos. Se busca, en definitiva, compatibilizar el desarrollo aeroportuario con la protección ambiental y con las exigencias de seguridad y continuidad de las operaciones.

Respecto a la Ley de Seguridad Aérea, las modificaciones clarifican competencias de supervisión, simplifican trámites de habilitación y actualizan el régimen aplicable a drones. Se introducen nuevas tipificaciones en el régimen sancionador, estableciendo diferentes grados de gravedad en función del impacto de las infracciones, con especial atención a la proporcionalidad en materias como mercancías peligrosas y servidumbres no acústicas.

Entendemos que la implementación de esta Ley contribuirá a avanzar en la implementación del SAF en España y a fomentar esta industria estratégica en nuestro país.

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