Audiencia e información pública sobre el proyecto de Real Decreto por el que se regula la eficiencia energética y la sostenibilidad para los centros de datos

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha lanzado la audiencia e información pública sobre el proyecto de Real Decreto por el que se regula la eficiencia energética y la sostenibilidad para los centros de datos.

La iniciativa tiene su origen en la Directiva (UE) 2023/1791, publicada en septiembre de 2023, que establece actuaciones en distintos sectores de la economía y señala específicamente la necesidad de lograr centros de datos altamente eficientes y sostenibles. Posteriormente, el Reglamento Delegado (UE) 2024/1364 precisó los indicadores de rendimiento que deberán reportar los operadores con una demanda de potencia eléctrica igual o superior a 500 kW. El Real Decreto en consulta establece la obligación de reportar indicadores relacionados con energía, sostenibilidad e impacto socioeconómico.

El texto establece que los operadores de centros de datos con una potencia igual o superior a 500 kW deberán remitir anualmente información a la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética. Incluirá indicadores del Reglamento Delegado (UE) 2024/1364, así como estrategias para reducir consumo energético, agua y calor residual, junto con datos socioeconómicos como empleo generado, cualificación, impacto territorial y aportación a la economía.

Los centros de datos con entrada de energía superior a 1 MW deberán presentar un plan de aprovechamiento del calor residual para climatización u otros usos, acompañado de un análisis de costes y beneficios que contemple viabilidad técnica, económica y socioambiental. El plan será evaluado por el órgano autonómico competente y, en caso favorable, deberá implementarse el sistema de reutilización de calor. Se establece un periodo inicial de tres años para hacerlo de manera voluntaria, tras el cual será obligatorio en un plazo adicional de dos años.

Los centros de datos de potencia igual o superior a 1 MW deberán informar sobre cómo aplican las mejores prácticas del Código de Conducta Europeo en eficiencia energética. Para instalaciones de más de 100 MW será necesario demostrar que se sitúan dentro del 15 % de mejores prestaciones en indicadores clave como uso de energía, uso de agua, factor de reutilización de energía y coeficiente de energía renovable.

El acceso y conexión a las redes eléctricas solo se concederá a los promotores de centros de datos que acrediten el cumplimiento de estas obligaciones. Los centros que ya dispongan de permisos de acceso y conexión a la entrada en vigor del Real Decreto deberán enviar la información indicada en un plazo de tres meses y cumplir igualmente con los requisitos establecidos.

Finalmente, se prevé que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, junto con la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética, desarrolle los criterios técnicos necesarios para la aplicación del Real Decreto, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.

El plazo para la presentación de alegaciones estará abierto hasta el 15 de septiembre de 2025, a través del formulario habilitado en el siguiente enlace.

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