Avances normativos en la aplicación del Reglamento Europeo de Industria Net-Zero

El Reglamento (UE) 2024/1735 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establece un marco de medidas para reforzar el ecosistema europeo de fabricación de tecnologías de cero emisiones netas, conocido también como Net-Zero Industry Act o Reglamento NZIA, publicado el 13 de junio de 2024, establecía el desarrollo de normativas complementarias que pudieran ir desarrollando las medidas para reforzar la capacidad de fabricación en la Unión Europea de tecnologías esenciales para la transición climática.

Tales medidas han sido publicadas por la Comisión Europea a través de 4 disposiciones  (dos reglamentos, una comunicación y una decisión de ejecución), que establecen la lista de productos finales de tecnologías de cero emisiones netas; los criterios de preclasificación y adjudicación en las subastas para la implantación de energías procedentes de fuentes renovables y proporcionan información sobre las cuotas de suministro a la UE de productos finales y sus componentes específicos provenientes de terceros países y que adoptan directrices para la aplicación de determinados criterios de selección de proyectos estratégicos. A continuación, se detallan todos ellos:

 

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1178 de la Comisión, de 23 de mayo de 2025, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) 2024/1735 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la lista de productos finales de tecnologías de cero emisiones netas y sus principales componentes específicos a efectos de evaluar la contribución a la resiliencia.

 

Tiene por objeto el reducir la dependencia de terceros países en la cadena de suministro de tecnologías limpias y fomentar la capacidad de fabricación en la Unión Europea.

En este Reglamento se incluye (en su Anexo 1) la lista de productos finales de tecnologías de cero emisiones netas y sus principales componentes específicos para evaluar la contribución a la resiliencia y que servirá como referencia en la contratación pública, subastas de energías renovables y otras intervenciones públicas para aplicar criterios que vayan más allá del precio, priorizando la seguridad y resiliencia de suministro.

En el anexo se detallan las Subcategorías de las tecnologías de cero emisiones netas, los productos finales y los principales componentes específicos de las tecnologías cero emisiones en biogás y biometano, o tecnologías de hidrógeno.

Dentro de estos principales componentes específicos se incluyen:

  • Soluciones biotecnológicas para el clima y la energía:
    • Soluciones biotecnológicas para el clima y la energía
      • Microorganismos y cepas microbianas (incluidos, entre otras cosas, las bacterias, las levaduras, las microalgas, los hongos y las arqueas) que se utilizan para pretratar y convertir materias primas en biocombustibles, combustibles de carbono reciclado y combustibles renovables, productos químicos biológicos y de carbono reciclado, biopolímeros, biomateriales y bioproductos.
      • Enzimas (incluidas, entre otras, la amilasa y la celulasa) que se utilizan para pretratar y convertir materias primas en biocombustibles, productos químicos biológicos, biomateriales y bioproductos, o que se utilizan para catalizar reacciones en procesos químicos.

(Incluido como productos finales y como principales componentes específicos)

 

  • Tecnologías de combustibles alternativos sostenibles
    • Tecnologías de captura y almacenamiento de carbono
      • Captura por absorción
      • Captura por adsorción
      • Captura por membranas
      • Captura por ciclos de sólidos
      • Captura criogénica
      • Captura directa del aire
        • Compresores de CO2

 

La entrada en vigor es el día 30 de diciembre de 2025.

Puede accederse al documento completo a través del siguiente enlace.

 

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1176 de la Comisión, de 23 de mayo de 2025, por la que se especifican los criterios de preclasificación y adjudicación en las subastas para la implantación de energías procedentes de fuentes renovables.

 

En este Reglamento de Ejecución, se establecen las especificaciones para los criterios no relacionados con el precio en las subastas de energías renovables. Se obliga que, en al menos el 30 % del volumen subastado se tienen que aplicar los criterios que vienen definidos, o en un mínimo de 6GW anuales.

Todas las empresas, salvo algunas excepciones, tienen que comunicar su conducta empresarial responsable según los estándares internacionales de responsabilidad y sostenibilidad.

Asimismo, se exige a los licitadores que cumplan con planes de ciberseguridad y que los datos se procesen dentro de la UE, así como a contar con una suficiente capacidad técnica y financiera.

Además, en aquellas empresas interesadas en licitar se valorarán aspectos tales como la reducción de dependencias estratégicas, el origen de componentes clave y el uso de fuentes de suministro diversificadas. Además de promoverse medidas relativas a huella de carbono, economía circular, impacto en biodiversidad y eficiencia energética como parte de la transición ecológica de la UE.

El Reglamento entra en vigor el próximo 30 de diciembre de 2025.

Puede accederse al documento completo a través del siguiente enlace.

 

  • Comunicación de la Comisión que proporciona información actualizada para determinar las cuotas de suministro a la Unión Europea de productos finales y sus principales componentes específicos procedentes de diferentes terceros países de conformidad con el Reglamento (UE) 2024/1735, por el que se establece un marco de medidas para reforzar el ecosistema europeo de fabricación de tecnologías de cero emisiones netas (Reglamento sobre la Industria de Cero Emisiones Netas).

 

En esta comunicación se detallan las cuotas de suministro a la Unión procedente de terceros países de origen según el valor más elevado de importaciones y según las diferentes tecnologías de cero emisiones netas y sus principales componentes específicos establecidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1178 de la Comisión.

Asimismo, en esta misma comunicación se proporciona información sobre las cuotas de suministro a la Unión procedentes de todos los terceros países de origen del mayor número posible de productos finales de tecnologías de cero emisiones netas y los principales componentes específicos establecidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1178 de la Comisión. Además, se definen cómo debe ser el cálculo de las cuotas de suministro a la Unión.

Puede accederse al documento completo a través del siguiente enlace.

 

  • Decisión de Ejecución (UE) 2025/1100 de la Comisión, de 23 de mayo de 2025, por la que se adoptan directrices para la aplicación de determinados criterios de selección de proyectos estratégicos de cero emisiones netas establecidos en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2024/1735 del Parlamento Europeo y del Consejo.

 

En el artículo 13 del Reglamento 2024/1735 se establecen los criterios de selección para las designaciones de los proyectos estratégicos de cero emisiones netas y en esta decisión de ejecución se establecen las directrices para su aplicación.

Además, se definen y determinan algunos términos como son:

  • instalación “pionera” entendiéndose como “toda instalación de tecnologías de cero emisiones netas nueva o considerablemente mejorada que aporta innovación en relación con el proceso de fabricación de dichas tecnologías y que aún no está presente de forma sustancial ni está prevista su construcción en la Unión”.
  • mejor tecnología disponible deberá entenderse como la que cuente con las mejores tecnologías y capacidades de rendimiento y eficacia disponibles en condiciones técnicas y económicamente viables.
  • Y capacidad de fabricación considerable, se proporcionan criterios cuantitativos y además se tienen que evaluar otras orientaciones sobre otros criterios, tales como la sostenibilidad medioambiental, el umbral de dependencia de las importaciones del 50 % y la proporción considerable de la producción mundial y el papel crucial en la resiliencia.

 

Puede accederse al documento completo a través del siguiente enlace.

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