El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha presentado el informe del Comité para el análisis de las circunstancias que concurrieron en la crisis de electricidad del 28 de abril de 2025.
En el documento se concluye que el incidente tuvo un origen multifactorial, con una cascada temporal de sucesos que desequilibraron progresivamente el sistema y culminaron con el cero eléctrico peninsular por sobretensión. También incluye una batería de recomendaciones que abarcan desde mejorar el control y la supervisión del comportamiento de los agentes hasta el aumento del nivel de interconexión con Francia.
El Comité ha identificado una sucesión de hechos que permite establecer una cronología del incidente del que se desprenden varias conclusiones.
- FASE O: Inestabilidad de tensión. Durante los días previos al incidente hubo alteraciones de las tensiones y en la mañana del día 28 las tensiones variaban con más intensidad de lo normal.
- FASE 1: Oscilaciones en el sistema (12.00 h – 12.30 h). A las 12.03 h se registró una oscilación atípica, de 0,6 Hz, que durante 4,42 minutos provocó grandes fluctuaciones de tensión. Esta oscilación obligó al Operador del Sistema a aplicar las medidas protocolizadas para amortiguarla, como aumentar el mallado de la red –restringido por la baja demanda– o reducir el flujo de interconexión con Francia. Todas estas actuaciones amortiguaron la oscilación, pero tuvieron como efecto secundario un incremento de las tensiones. A las 12.16 h se volvió a registrar la misma oscilación, más pequeña, y a las 12.19 h otra oscilación más, de 0,2 Hz, en este caso, con las características habituales de estos fenómenos europeos. El Operador del Sistema aplicó las mismas medidas para amortiguarla, que igualmente contribuyeron a aumentar la tensión.
- FASE 2: Pérdidas de generación (12.32.57 – 12.33.18). La tensión empezó a subir de forma rápida y sostenida, y se registraron numerosas y progresivas desconexiones de instalaciones de generación en Granada, Badajoz, Segovia, Huelva, Sevilla, Cáceres y otras provincias.
- FASE 3: Colapso (12.33.18 – 12.33.30). El progresivo incremento de tensión produjo una reacción en cadena de desconexiones por sobretensión que no fue posible contener, puesto que cada una de las desconexiones contribuyó a nuevas alzas en las tensiones. También se registró una caída de frecuencia que derivó en la pérdida del sincronismo con Francia, el disparo de la interconexión con el resto del continente y el cero eléctrico peninsular.
Las principales conclusiones del informe son:
El sistema mostraba una capacidad de control de tensión insuficiente por dos motivos:
- El día anterior se programaron la actividad en 10 centrales síncronas y finalmente el número fue el más bajo desde el inicio del año.
- Varias de las centrales capaces de regular la tensión no respondieron adecuadamente a las consignas del Operador del Sistema para reducirla.
Se produjeron las oscilaciones.
Se desconectaron centrales de generación, algunas aparentemente, de un modo indebido.
A la vista de las conclusiones obtenidas en el análisis, el Comité propone una serie de actuaciones para evitar que se repita un incidente de este tipo, entre las que destaca el refuerzo de la supervisión y la verificación del cumplimiento de las obligaciones por parte de todos los agentes del sistema eléctrico, así como medidas técnicas que refuercen las capacidades para el control de tensión y protección contra las oscilaciones en el sistema. En este punto es clave la implementación del PO 7.4, en manos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que permitirá a las instalaciones asíncronas aplicar soluciones de electrónica de potencia para gestionar las variaciones tensión y puede contribuir a ahorrar costes al entrar las tecnologías más competitivas.
Además, se propone aumentar la demanda y la flexibilidad del sistema eléctrico. A todo ello contribuirán la Planificación de Electricidad 2025-2030 –que priorizará los consumos industriales–, el incremento de la capacidad de almacenamiento y una revisión de la regulación de los servicios de ajuste y las restricciones técnicas del sistema.