Información pública MITERD: propuesta de asignación derechos de emisión por instalación

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) ha iniciado el trámite de información pública de los listados previstos en los artículos 11.1, 27.1 y 27 bis.1 de la Directiva 2003/87/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo. Estos listados proporcionan información específica de la asignación de derechos de emisión por instalación.  Las instalaciones a las que se hace referencia son:

  • Las instalaciones que han presentado una solicitud de asignación gratuita de derechos de emisión para el periodo de asignación 2026-2030.
  • Las instalaciones que han solicitado su exclusión del Régimen de comercio de derechos de emisión de la UE, durante el periodo 2026-2030 por tratarse de hospitales, o por haber emitido menos de 25.000 toneladas equivalentes de dióxido de carbono, excluidas las emisiones de la biomasa, para cada uno de los tres años del periodo 2021-2023 y que, cuando realizan actividades de combustión, tienen una potencia térmica nominal inferior a 35 MW.
  • Las instalaciones que quedarían excluidas en el periodo 2026-2030 por tener emisiones inferiores a 2.500 toneladas equivalentes de dióxido de carbono, excluidas las emisiones de la biomasa, en cada uno de los años del periodo 2021 2023, así como las que han comunicado su deseo de no quedar excluidas.
  • Las incineradoras de residuos urbanos con una potencia térmica instalada de más de 20MW, que se incluyen en el Régimen de comercio de derechos de emisión de la UE desde el 1 de enero de 2024 a efectos de seguimiento, notificación y verificación de sus emisiones.
  • Las instalaciones que durante el periodo 2026-2030 quedarían fuera del ámbito de aplicación del Régimen de comercio de derechos de emisión de la UE por tener, a lo largo de 2019-2023, emisiones procedentes de la combustión de biomasa que cumpliendo los criterios establecidos en el artículo 14 de la Directiva 2003/87/CE contribuyen de media a más del 95 % de la media del total de sus emisiones de gases de efecto invernadero.
  • Las instalaciones que, estando afectadas por el Régimen de comercio de derechos de emisión de la UE, no se encuentran recogidas en ninguno de los puntos anteriores.

 

Este trámite de información pública se realiza con el objeto de permitir que cualquier interesado pueda aportar observaciones referentes la información contenida y la correcta atribución de solicitudes de asignación gratuita de derechos de emisión.

Plazo de remisión

El plazo para la remitir de observaciones finaliza el 9 de agosto.

Forma de presentación

Las observaciones deberán remitirse a la dirección de correo bzn-ip-ets@miteco.es.

Anexo

 

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